UDC preside la Diputación Permanente y Junta de Gobierno en el Congreso del Estado de Coahuila

El tercer año de trabajo de la 61 Legislatura inició hoy bajo la Presidencia de la Diputación Permanente y de la Junta de Gobierno del Grupo Parlamentario de Unidad Democrática (UDC) primer partido político estatal en la historia de México.
La Diputada udecista Zulmma Verenice Guerrero Cázares preside la mesa Directiva y la acompañan en los trabajos el Diputado Fernando Izaguirre Valdés (PAN) como vicepresidente, las diputadas Lucia Azucena Ramos Ramos (PRI) y Elisa Catalina Villalobos Hernández (Morena) como secretarias.
Y como vocales las diputadas Lilia Isabel Gutiérrez Burciaga (PRI), Claudia Isela Ramírez Pineda (PRD), Rosa Nilda González Noriega (PAN) y diputados Gerardo Abraham Aguado Gómez (PAN) Jesús Berino Granados(PRI) y Edgar Gerardo Sánchez Garza (PVEM).
El coordinador de los Diputados del Grupo Parlamentario UDC, Emilio Alejandro de Hoyos Montemayor, preside la Junta de Gobierno del Congreso del Estado.
“Nuestro compromiso es honrar la representación que como legisladores tenemos, construir acuerdos y consensos en favor de las y los coahuilenses de mano con los otros poderes del Estado”, destacó Guerrero Cázares.
En tanto De Hoyos Montemayor enfatizó que construirán al interior del Congreso del Estado una agenda amplia, plural y de consenso en beneficio de las y los coahuilenses.
Ambos legisladores coincidieron en la importancia de un Poder Legislativo abierto a todas las voces ciudadanas para construir acuerdos y fortalecer el marco legislativo vigente.
De acuerdo al artículo 62 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, la Junta de Gobierno del Congreso del Estado, es el órgano de gobierno encargado de la dirección de los asuntos relativos al régimen interno del Poder Legislativo, con el fin de optimizar sus funciones legislativas, políticas y administrativas, conforme a lo dispuesto en la ley. Y en ella se expresa la pluralidad del Congreso funcionando como órgano colegiado.
En tanto La Diputación Permanente es el órgano del Congreso del Estado, que funcionará cuando el Pleno no esté en período de sesiones y tiene dos periodos de trabajo en el año. El primero de enero a febrero y el segundo de julio a agosto.
Entre las atribuciones de la Diputación Permanente de acuerdo al artículo 141 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado se encuentran:
I. Llevar la correspondencia con los Poderes de la Federación y con los de los Estados;
II. Recibir, en su caso, y registrar las declaratorias de validez de las elecciones de gobernador, diputados y ayuntamientos y comunicarlas al Pleno del Congreso, cuando éste se reúna;
III. Acordar por sí o a petición del Ejecutivo, la convocatoria de la Legislatura a sesiones extraordinarias;
IV. Designar al Gobernador Interino o al Provisional, en los casos a que se refiere la Constitución Política del Estado;
V. Tomar, en su caso, la protesta de ley del Gobernador del Estado, la de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y de los demás servidores públicos en los casos que proceda conforme a la ley.
VI. Conceder licencia, en su caso, a los servidores públicos a que se refiere la fracción XVIII del artículo 67 de la Constitución Política Local; así como conocer y resolver, en los términos de la propia Constitución y demás ordenamientos aplicables, sobre las renuncias que individualmente, y sin tratarse de la mayoría, presenten los miembros de los Ayuntamientos y de los Concejos Municipales;
VII. Resolver los asuntos que quedaren pendientes de resolución por el Pleno y dar cuenta de ellos en el siguiente periodo de sesiones;
VIII. Recibir y remitir a la Comisión de Hacienda y Auditoría Gubernamental, las cuentas públicas anuales estatales, municipales y de los organismos públicos autónomos, en los términos que marca la ley.
IX. Resolver los asuntos para que fuere autorizada por el Pleno del Congreso, según la fracción XXXV del artículo 67 de la Constitución Local y lo previsto en el artículo 12 de la presente ley.
X. Las demás que señalen la Constitución Política del Estado, esta Ley y otros ordenamientos.