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Propone UDC reforma para garantizar domicilio judicial ante litigios familiares

El grupo parlamentario de Unidad Democrática de Coahuila (UDC) propuso reformas a la Ley para la Familia y poder incorporar la figura de domicilio judicial que permite para garantizar un domicilio de menores mientras se llevan diversos procesos.

La diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares y el diputado Emilio Alejandro De Hoyos Montemayor plantearon reformas a la Ley de la familia.

La legisladora del distrito 3, recordó que legislación familiar actualmente vigente en el Estado de Coahuila regula en diversos procedimientos y materias la protección de los menores de edad o quienes requieran de asistencia o representación, específicamente en materia de protección de sus derechos humanos relativos a su bienestar, tales como la provisión de aspectos relativos a la provisión de medidas sobre su subsistencia.

“En este sentido, en diversas disposiciones es posible encontrar medidas encaminadas a asegurar para dichos menores de edad o quienes requieran de asistencia o representación la provisión de alimentos y sus distintas especies, tales como la prestación de un domicilio donde pueda asegurarse su bienestar ya sea de forma provisional mientras se llevan a cabo diversos procedimientos, o de forma definitiva como parte de la prestación de dichos alimentos. En otras palabras, la determinación de un domicilio es parte de la determinación de alimentos., en nuestra legislación, sin embargo, la regulación de dicho domicilio es inexistente”, refirió

Estas omisiones dijo lamentablemente, permiten la posibilidad de que ocurran incidencias que, por un lado, su desregulación permite la posibilidad de que la autoridad judicial omita garantizar dicho derecho, así como las medidas inherentes al mismo o, en otros casos, cabe la posibilidad de que ese derecho sea ejercido de forma inadecuada por quienes no son titulares de este, o incluso para fines que no le son propios.

“La presente iniciativa busca eliminar dichas incidencias indeseadas. En general, se disponen medidas relativas a señalar las determinaciones relativas al domicilio provisional y definitivo del depósito judicial de las y los menores o quienes requieran de asistencia o representación en la resolución que fije la situación de las o los hijos menores de edad o mayores que requieran de asistencia o representación para el ejercicio de su capacidad jurídica, así como señalar en la propuesta de convenio la  propuesta en relación al domicilio provisional y definitivo del depósito judicial”, detalló la legisladora.

Por el lado de los juzgadores la propuesta plantea que deberán disponer, en relación con el domicilio donde se determine el depósito judicial, aspectos como el lugar en el que se cumplirá con dicha obligación, la duración de la obligación de proporcionar dicho domicilio, las provisiones relativas a la ocupación, mantenimiento y uso del mismo, el régimen de convivencia que se realizará en el mismo, y los derechos y obligaciones de quienes proporcionan dicho domicilio con este y sus ocupantes.

Respecto a las prohibiciones de dicho domicilio de depósito judicial se propone la prohibición de usar éste como hogar conyugal por personas distintas de quienes proporcionan el domicilio, o realizar el aprovechamiento comercial del mismo, con excepción de si se realiza como cumplimiento de la obligación de proporcionar alimentos, además de las que se señalen en las demás disposiciones aplicables.

De manera complementaria para la protección de los derechos de la niñez propone asimilar el domicilio de depósito judicial al domicilio conyugal para efectos de las medidas contenidas en las órdenes de protección de emergencia, preventivas y de naturaleza civil señaladas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado. De esta forma se procura que la protección que garantiza dicha legislación sea ampliada al domicilio del depósito judicial, con lo que se busca asegurar de mejor manera los derechos que dichas disposiciones establecen.

“ La garantía de los derechos de los menores de edad y de quienes requieren de asistencia o representación es una agenda prioritaria de nuestra legislación. Procurar dichas protecciones es una forma de asegurar su bienestar, desarrollo y subsistencia. Las leyes que expida este Congreso no pueden escatimar en la búsqueda de estos fines. Esta iniciativa busca ser un paso en esa dirección”, enfatizó Guerrero Cázares.

El punto de acuerdo fue turnado a comisiones para su análisis, estudio y aprobación en su caso.

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