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PROPONE UDC GARANTIZAR PENSIONES DE SERVIDORES PÚBLICOS A LAS PAREJAS QUE SE UNEN MEDIANTE LA FÍGURA DEL PACTO DE SOLIDARIDAD CIVIL.

Unidad Democrática de Coahuila propuso reformas al artículo 42 de la Ley de Pensiones Y Otros Beneficios Sociales Para Los Trabajadores Al Servicio Del Estado De Coahuila De Zaragoza para garantizar el gozo de pensiones bajo el concepto de la compañera o compañero civil a quienes trabajan en el servicio público y hayan celebrado el pacto civil de solidaridad.

El coordinador de los Diputados de UDC, Emilio Alejandro De Hoyos Montemayor destacó que la defensa y promoción de los derechos de los coahuilenses es un compromiso que han asumido partido y fracción parlamentaria.

Actualmente la Ley de Pensiones sólo contempla: Soltero o soltera: Por no estar ligado o ligada por vínculo matrimonial. II. Casado o casada: Por haber contraído matrimonio. III. Concubino o concubina: Quien satisfaga los requisitos del artículo 248 de esta ley.

La propuesta busca en un concepto de igualdad dejar establecida dentro de la misma la figura jurídica ya reconocida por la Ley de la Familia de Coahuila de Zaragoza, a fin de que el compañero o compañera civil pueda contar con la cobertura de la pensión por muerte del trabajador al servicio del estado.

“Esto en aras de dar protección a todas y cada uno de los posibles beneficiarios de una pensión por muerte de trabajador al servicio del estado, independientemente de la figura jurídica por la que se encuentre establecido el vínculo con el mismo y, sobre todo el de ser congruentes con la legislación que en nuestro Estado y con las obligaciones de fomentar y promover los derechos humanos”, refirió.
La reforma hace una adición al artículo 42 de la Ley de Pensiones Y Otros Beneficios Sociales Para Los Trabajadores Al Servicio Del Estado De Coahuila De Zaragoza para quedar como sigue:

ARTICULO 42.- El orden para gozar de las pensiones a que se refiere este capítulo será el siguiente:

II.- La compañera o compañero civil con quien haya celebrado el servidor público pacto civil de solidaridad.

El legislador recordó qué en el mes de septiembre de 2014, fue aprobado por este H. Congreso del Estado, el matrimonio igualitario, pacto civil de solidaridad o la figura jurídica reconocida por la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, compañero o compañera civil.

Específicamente el artículo 33 de la ley mencionada con anterioridad estableció la figura: Compañero o compañera civil: Quienes celebren pacto civil de solidaridad.

Teniendo como referencia acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, jurisprudencias y la propia Constitución, destacó se propuso la reforma al artículo o 42 de la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila De Zaragoza para incluir la figura de “compañero o compañera civil”.

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