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Plantea UDC reformas al Código Penal para proteger contenidos de periodistas

El Grupo Parlamentario de Unidad Democrática de Coahuila (GPUDC) planteó reformas al Código Penal para garantizar la libertad de expresión y evitar que se atente contra los contenidos de investigaciones periodísticas que señalen a personas o funcionarios.

La iniciativa presentada por el Diputado Emilio Alejandro De Hoyos Montemayor conjuntamente con la Diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares retoma preceptos de jurisprudencias internacionales sobre la propiedad y abarca entre otros conceptos, el contenido del derecho de autor, y protege el aprovechamiento, la autoría y la integridad de la obra, además de su ejercicio, y por tanto la facultad de difundir la creación realizada, la cual se encuentra íntimamente relacionado con las dos dimensiones del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión (Palamara Iribarne Vs. Chile).

“Es ahí donde estriba la importancia de la presente iniciativa, la cual busca proteger, en el ámbito digital, el contenido producto de las investigaciones periodísticas, así como la información que almacenan las y los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación, con motivo de su profesión”, explicó De Hoyos Montemayor.

Esta iniciativa explicó busca fortalecer las garantías para que las y los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación puedan gozar de las garantías suficientes para que puedan hacerse de información, recabarla y almacenarla, en este caso a través de medios digitales, para posteriormente dar a conocer la verdad a la sociedad.

Con la iniciativa se adecuan los tipos penales a las conductas que por el avance de la tecnología van evolucionando y que en la cotidianidad quedan sin resolver y se demeritan las garantías para un pleno ejercicio de la libertad de expresión.

La iniciativa adiciona un segundo párrafo al artículo 273 del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, para quedar como sigue:
Artículo 273 (Delitos contra la información privada en medios informáticos)

I a II. …

Se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en el párrafo anterior cuando el objeto del delito del presente artículo recaiga dentro de sistemas informáticos de periodistas o trabajadores de los medios de comunicación.

La libertad de expresión ha permitido el fortalecimiento de sociedades democráticas y pertenece al conjunto de derechos fundamentales que fueron reconocidos en el constitucionalismo, sostuvo el Legislador.

Y citó que se encuentra en las declaraciones y convenciones de derechos humanos, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos que en su artículo 13 numeral 1 establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento se su elección”.

De esta forma, reiteró la libertad de expresión ha sido fundamental para la construcción y permanencia de las sociedades democráticas modernas, y es que ésta libertad como tal, resulta en una gran herramienta social de control democrático a través de la opinión pública, fomentando la transparencia de las actividades del Estado, y promoviendo la responsabilidad de funcionarios sobre su gestión pública.

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